Caja de Seguro Mutual

Autoridades

Director Gerente: Sr. Roberto Infante
9 de julio 1257- 4to Piso – 5500 – Mza.
Tel. 4251324 – 4254716

Misión

Fue creada por Ley N° 1382, publicada en Boletín Oficial el día 26 de octubre de 1939; derogada esta Ley mediante Ley N° 1828, publicada en Boletín Oficial el 09 de noviembre de 1949, la cual establece objetivos y beneficios que acuerda la Ley ante el fallecimiento del asegurado.

Funciones

La Caja de Seguro Mutual vinculada al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Mendoza, administra un seguro por fallecimiento, de empleados públicos provinciales,(activos y pasivos); cónyuge e hijos: menores de 18 años de edad, o hijos incapacitados.

El fin es inminentemente social dando soluciones a los inconvenientes que un hecho luctuoso acarrea a la familia como consecuencia del fallecimiento de un familiar.

El seguro es un derecho que tienen los familiares del afiliado y las personas designadas por el mismo.

El monto de los seguros se distribuye de un modo solidario y se constituye con el aporte de todos los empleados públicos y jubilados de la provincia; antes del año 1996; y los que se jubilaron posterior a ese año y se encuentran dentro del régimen de Continuidad.
Todo empleado público debe tener en cuenta que al momento de jubilarse deberá presentarse ante esta Caja de Seguro Mutual, a fin de optar por la Continuidad del Seguro, de activo a pasivo; en un término de 60 días hábiles a contar de la fecha del cese de actividades, aún observando en su bono de jubilado el descuento correspondiente.