Ministerio de Hacienda y Finanzas

Será competencia en general del Ministerio de Hacienda y Finanzas todo lo referido a la administración financiera y tributaria del Estado.

a)      Formular las políticas fiscales en materia de impuestos provinciales y de gasto público.

b)      Aplicar el régimen impositivo provincial vigente y proponer las reformas del mismo.

c)       Definir las políticas destinadas a realizar una recaudación eficiente de los tributos provinciales, combatiendo la evasión.

d)      Intervenir en la formulación del régimen de Participación Municipal, de impuestos, aplicando sus disposiciones.

e)      Analizar el régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y proponer las bases para su perfeccionamiento.

f)       Ejercer la representación de la Provincia en los organismos federales de impuestos.

g)      Proponer el régimen de compras y ventas común y obligatorio para la Administración Central, Organismos Descentralizados y Autárquicos y Cuentas Especiales, controlando su aplicación.

h)      Aplicar la ley de Contabilidad de la provincia y controlar su cumplimiento por parte de todos los organismos estatales y provinciales. (Ley 3.909)

i)        Realizar las funciones de tesorería, centralizando el movimiento de fondos, según el principio “unidad de caja”

j)        Dirigir la formulación y presentación del Presupuesto Anual de Recursos y Erogaciones de Administración Pública Provincial

k)      Controlar y registrar la ejecución presupuestaria de acuerdo con las normas de la Ley de Contabilidad de la Provincia, determinando los resultados financieros y las variaciones patrimoniales de cada ejercicio legal.

l)        Proponer normas sobre ritmo de las inversiones del gasto público y de su productividad

m)    Proponer medidas para la obtención del equilibrio fiscal y de reducción de los niveles de endeudamiento.

n)      Intervenir en el proceso de reforma dele estado para garantizar el equilibrio presupuestario, adecuar el endeudamiento a la capacidad de pago, asegurar la liquidez financiera y contribuir a una mayor eficiencia del gasto público.

o)      Gestionar emprestititos, créditos y otros mecanismos de financiamiento, efectuar la emisión de títulos y bonos conforme a las normas legales que los autoricen.

p)      Entender en todo lo relacionado con la deuda pública, su registración actualizada, el mejoramiento de sus plazas y la reducción de las tasas de interés que se abonan.

q)      Suministrar permanentemente información sobre finanzas públicas.

r)       Ejercer la representación de la Provincia en los asuntos económicos financieros incluidos en las tramitaciones que se realicen con los organismos financieros nacionales, extranjeros y multilaterales.

s)       Intervenir en la coordinación del origen y aplicación de fondos para el financiamiento de los proyectos públicos de inversión.

t)       Intervenir en  los aspectos económicos-financieros de los procesos de privatización de entes de propiedad del Estado Provincial.

u)      Emitir dictamen antes de la celebración de cualquier tipo de convenio, acerca de sus efectos económicos-financieros sobre presupuesto y deuda pública.

v)      Intervenir en todos los trámites inherentes a expropiación.

w)    Las funciones establecidas se ejercerán en coordinación con la Administración Tributaria Mendoza en los respectivos ámbitos de su competencia.

Se relacionarán con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, los siguientes organismos.

a)      Instituto Provincial de Juegos y Casinos.

b)      Caja de Seguro Mutual.

c)       Administración Tributaria Mendoza.